¿Cómo se designa un sitio Ramsar?
Todos los países que firmen la Convención Ramsar deben tener al menos un sitio de importancia internacional en su territorio, para lo cual, la UNESCO recibe los documentos correspondientes en que se debe indicar los límites del humedal de manera precisa, además de trazar la zona en un mapa. La selección de los humedales debe estar de acuerdo con la definición de humedal que ha dado la convención y basarse en alguno de los nueve criterios que se han establecido para determinar la importancia de dichos humedales.
Estos criterios se separan en dos grupos, para el grupo A se encuentra el siguiente criterio: “Sitios que contienen humedales del tipo raros, únicos y representativos”. Este criterio hace énfasis en la naturaleza del sitio, se refiere a que es de importancia internacional conservar aquellos humedales que sean únicos en su tipo en el territorio de un país y deben ser naturales o seminaturales.
En el segundo grupo, se encuentran contemplados criterios relacionados con la biodiversidad presente en los humedales. El segundo criterio dice que si el humedal contiene comunidades ecológicas o especies vulnerables, amenazadas o en peligro de extinción, se puede considerar el humedal como de importancia internacional. Un ejemplo de especies con esta categoría es el jabirú en Costa Rica, por lo que es relevante proteger el hábitat de estas aves para su conservación.
El tercer criterio enuncia: “Un humedal debería considerarse de importancia internacional si contiene poblaciones de plantas y/o animales que son importantes en el mantenimiento de la diversidad biológica de una región biogeográfica particular”. Según esto, los depredadores tope de los humedales deben tomarse en consideración, ya que estos mantienen la cadena trófica estable, como por ejemplo los cocodrilos o garzas, por otro lado, especies que sean el sostén de un sitio, como los mangles, podrían ejemplificar el uso de este criterio.
El cuarto criterio se refiere a la importancia del humedal si tiene especies de plantas y/o animales que cumplan una parte de su ciclo de vida que sea crítico o que el humedal sirva como refugio ante condiciones adversas. Con esto, la anidación de las aves acuáticas y la presencia de larvas de peces son buenos indicativos de que un humedal puede declararse sitio Ramsar.
El quinto criterio, relacionado a la razón de la creación de la Convención Ramsar, que fue la conservación de las aves acuáticas, dice: “Un humedal debería considerarse de importancia internacional si mantiene 20 000 o más aves acuáticas”. Aquí se mira desde un sentido de comunidad de aves acuáticas, ya que el requisito es que independientemente de la especie, se contenga ese número de animales para poder conservarse bajo este acuerdo.
El sexto criterio, de forma más individual, estipula que el humedal es importante internacionalmente si contiene de manera regular el 1% de los individuos de una población de una especie o subespecie de ave acuática. Para determinar este porcentaje, se puede hacer uso de los datos obtenidos en conteos de aves con herramientas como Ebird o iNaturalist, que registra avistamientos de observadores de aves constantemente. Esto resulta beneficioso cuando se trata de especies con amplia distribución, ya que se requiere cuantificar los individuos de otros países y se vuelve un tanto tedioso realizar un conteo de otra manera.
El séptimo criterio se enfoca en peces nativos, ya que si un humedal mantiene una proporción significativa de familias, especies o subespecies de dichos peces, que además, tengan varios estadíos de su ciclo de vida en el humedal, interactúen de forma beneficiosa o contribuya a la diversidad global de un sitio, entonces es de importancia internacional. El octavo criterio, relacionado al anterior, dice que un humedal se considera importante si provee de recursos alimenticios a los peces, es un sitio de desove, contiene larvas de peces como una “guardería” o es un sitio de migración.
Por último, el noveno criterio se refiere a especies no aviares, de las cuales el humedal contenga el 1% de la población y estas sean dependientes del humedal. Aquí se pueden incluir mamíferos semiacuáticos o que el humedal represente un medio de subsistencia al proveer de recursos alimentarios, también se contemplan reptiles y anfibios que dependan del medio acuático ya sea para reproducirse o para forrajear.
Una vez se ha enviado la información con todos los requisitos y razones por la que debería incluirse el sitio en la Lista Ramsar, la Secretaría responsable se asegura de que los datos cumplen con las normas establecidas y se procede a introducir la información sobre el sitio en el Servicio de Información sobre Sitios Ramsar.
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